El seguro de auto ofrece una variedad de coberturas para asegurar no sólo tu coche, también a los que viajan dentro. No todas las coberturas que se aseguran son obligatorias, pero si muy útiles para tu tranquilidad.
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Todas las coberturas básicas garantizadas: responsabilidad civil, seguro del conductor, defensa legal y asistencia desde km 0.
Con distintas opciones de coberturas a elegir según tus necesidades.
La cobertura más importante y obligatoria es la Responsabilidad Civil, pero además es aconsejable contratar otras coberturas como asistencia en carretera y viaje, lunas, robo e incendio
La Responsabilidad Civil es la cobertura encargada de cubrir los daños que causes a otros vehículos, terceras personas u objetos
El seguro del conductor cubre los daños personales que puedas sufrir si eres responsable de un accidente, además de contar con asesoría jurídica en caso de que necesites reclamar daños o ir a juicio.
La cobertura de lunas cubre la reparación, colocación o sustitución de las lunas delanteras, laterales y traseras del vehículo. Las lunas estarán cubiertas si contratas la cobertura de todo riesgo o terceros ampliado
La cobertura de incendio protege si tu coche sufre daños causados por un incendio o explosión. Si el incendio es provocado por una tercera persona será este el responsable de los costes de reparación del vehículo. Está cobertura no sólo cubre los daños del vehículo, también quedan cubiertos el equipaje que se encuentre dentro.
La cobertura de robo indemniza al asegurado en caso de que el vehículo sea sustraído por un terceros. Generalmente para recibir indemnización por el valor del vehículo, el riesgo no debe de haber sido recuperado durante un mes, si se localiza al vehículo ante de este periodo se reparara los daños ocasionados durante la sustracción.
Si la cobertura contratada es un todo riesgo con franquicia de 250€ y el vehículo asegurado sufre un accidente por daños valorados en 200€, la compañía no tiene obligación de indemnizar al tomador del seguro, debido a que los daños tienen un coste menor que la franquicia contratada, es decir, hasta un valor de 250€ (franquicia) cualquier daño será asumido por el tomados. Si los daños ocasionados tienen un valor superior a 250€, el tomador tendrá que abonar el importe de la franquicia y la aseguradora el resto de los gastos.
En caso de atropello de un animal, si no tienes contratada esta cobertura, la compañía no se hará cargo de ningún gasto ocasionado en el atropello, los gastos correrán por cuenta del asegurado. Para que la compañía cubra el siniestro, es necesario tener el atestado de la Guardia Civil o Policía Nacional.
La ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor obliga a todos los vehículos a motor que tengan su establecimiento en España a estar asegurados, como mínimo, con la cobertura de responsabilidad civil obligatoria.
Todos los vehículos están obligados a llevar en el vehículo el permiso de circulación validado por la administración competente, la tarjeta de inspección técnica acompañado del último informe de la ITV, además en el parabrisas delantero es obligatorio que se coloque la pegatina de la ITV con la fecha de validación, en caso de no llevarlo es motivo de sanción. Hay otros documentos que en la actualidad no son obligatorios llevarlos en el vehículo, pero si tenerlos actualizados. Estos son el impuesto de circulación y el seguro obligatorio del vehículo.
Puede parecer que si no voy a circular con mi vehículo no es necesario que este asegurado, sin embargo la ley vigente, indica que es obligatorio tener al menos un seguro de responsabilidad civil, en caso de no poseerlo puede ser motivo de sanción
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Correduría de Seguros Carrefour, S.A.U. con domicilio social en Carretera de Burgos, Km 14,500, 28100 Alcobendas, Madrid y con C.I.F. A-28439198, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid (Tomo 4276 general, 3489 de la Sección 3ª, Folio 179, Hoja 33520) y en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros con el nº J-2039. Correduría de Seguros Carrefour, S.A. tiene contratado un seguro de Responsabilidad Civil Profesional y dispone de la suficiente capacidad financiera para el ejercicio de su actividad en los términos exigidos por el Real Decreto-Ley 3/2020. Ciertos consejeros de Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A. son consejeros, a su vez, de Correduría de Seguros Carrefour, S.A. Carrefour, S.A., sociedad francesa matriz última de Correduría de Seguros Carrefour, S.A. de la que tiene una participación indirecta en su capital social del 100%, es también sociedad matriz de la entidad aseguradora francesa Carma de la que posee un 50,01% de su capital social.